Por Muy Interesante
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El espacio exterior no es un lugar sin ley, sino que existen tratados que regulan lo que allí ocurre. Estos tratadas establecen por ejemplo que el espacio exterior incumbe a toda la humanidad y que ningún estado podrá adueñarse de un cuerpo celeste concreto. No dice nada sobre la minería de asteroides y eso puede ser un problema.
Como bien nos recuerdan en la película Alien de Ridley Scott: “en el espacio nadie te oye gritar”. Eso no significa por supuesto que sea un lugar sin ley. De la misma forma que cada país o territorio soberano ha creado sus propias leyes, que regulan cualquier actividad (criminal, comercial o de cualquier otro tipo) que se lleve a cabo dentro de sus fronteras o en sus aguas, existen tratados que regulan todo aquello que ocurra en el espacio.
No se trata solamente de leyes que sancionen crímenes o delitos, sino que también regulan qué actividades económicas se pueden llevar a cabo o quién puede reclamar como propio un territorio o incluso un cuerpo celeste como un asteroide o una luna. Estas leyes serán probablemente ampliadas en el futuro, cuando la humanidad se convierta en una auténtica civilización interplanetaria.
Aunque existen multitud de tratados y acuerdos entre diferentes parejas o grupos de países, hay uno que ha sentado las bases del resto y que ha inspirado en mayor o menor medida todos los que han venido después. Este es el Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre o Tratado del Espacio Exterior, cuyo nombre oficial sería “Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes”.
Este tratado surgió como culminación de las preocupaciones que venían creciendo desde que en la década de 1950 se desarrollaran los primeros misiles intercontinentales. Más tarde la puesta en órbita en 1957 de la sonda Sputnik 1 por parte de la Unión Soviética, y la carrera armamentística y espacial con Estados Unidos que siguió, hicieron que se tomara la decisión de prohibir el uso del espacio exterior con fines militares.
El primer paso en esta dirección fue la firma del Tratado de prohibición parcial de ensayos nucleares en 1963, que prohibía los ensayos nucleares en la atmósfera, en el espacio y bajo el agua.
Con el rápido avance de las capacidades espaciales tanto de EEUU como de la URSS fue necesario firmar un tratado que regulara las actividades llevadas a cabo en el espacio exterior, más allá de las capas bajas de la atmósfera terrestre, que ya estaban protegidas por otras leyes. Así surgió el Tratado del Espacio Exterior, que recoge varios principios.
El primero y más fundamental es que la exploración y el uso del espacio deberá hacerse en beneficio de todos los países y que este espacio exterior incumbe a toda la humanidad. Es decir, no es un lugar reservado para quienes ostenten poder ni para quienes acumulen riqueza, sino que el desarrollo de la exploración espacial debe hacerse con el objetivo de que cualquier ser humano pueda disfrutarlo como puede disfrutar, en principio, de cualquier otro paraje natural terrestre.
Este tratado también establece que el espacio será un lugar de libre exploración para todos los estados y que ninguna región del espacio exterior (ni de ningún cuerpo que se encuentre en él, como un asteroide, un planeta o un satélite) podrá apropiársela ningún país.
Esto incluye las declaraciones de soberanía pero también la ocupación militar o cualquier otro método posible. Aunque por supuesto nada prohibe que un país reclame un objeto celeste como suyo este tratado garantiza que en caso de que eso ocurriera, ningún otro estado aceptaría esa reclamación como válida, por lo que cualquier “defensa” violenta de esa reclamación sería vista como contraria al tratado. Algo similar ocurre con el territorio de la Antártida conocido como Marie Byrd Land.
Como complemento al tratado que limitaba los ensayos nucleares al subsuelo terrestre, este tratado establece que no solo no podrán hacerse ensayos sino que las armas nucleares o cualquier otro arma de destrucción masiva no podrán situarse en la órbita terrestre ni en ningún cuerpo celeste. Existía la posibilidad bajo el anterior tratado, de que un país situara armas nucleares en órbita sin llegar a usarlas, respetando técnicamente el tratado.
Este tratado también establecía que los estados serán responsables de sus actividades espaciales nacionales, sean llevadas a cabo por entidades gubernamentales o no. Es decir, Estados Unidos sería responsable por ejemplo de cualquier actividad llevada a cabo por SpaceX en el espacio.
Esta tratado ha servido también como base para tratados específicos sobre acuerdos internacionales para llevar a cabo alguna misión conjunta o para desarrollar algún programa espacial entre países, como la Estación Espacial Internacional o más recientemente el Programa Artemis.
Algo que el Tratado del Espacio Exterior no especifica es el uso comercial que pueda hacerse de los diferentes cuerpos celestes. Al solo especificar que el espacio no será usado con fines militares y solo con fines pacíficos, no dice nada concreto sobre futuras actividades como la minería de asteroides.
Lo que sí establece es que un determinado estado o empresa no podrá reclamar la propiedad de un asteroide concreto. Tal vez pueda explotar sus recursos con fines comerciales, pero nunca podrá decir que ese asteroide es “suyo” y con ello prohibir que por ejemplo otra nación o empresa exploten ese mismo cuerpo en otra zona de su superficie.
Sin embargo algunos países, como EEUU, Rusia, China, India y Luxemburgo han creado leyes nacionales que legalizan la minería de asteroides y otros cuerpos celestes. Este es sin duda uno de los muchos puntos que deberán ser revisados en el futuro.
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